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Marco regulatorio básico para el cumplimiento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería

En Chile, la norma en seguridad laboral y salud ocupacional es bastante rigurosa. En ese contexto, es importante reseñar algunos de cumplimientos en la materia por empresas del sector minero, a fin de identificarlos y gestionarlos adecuadamente dentro de la compañía. A saber: 

Reglamento de Seguridad Minera

El Reglamento de Seguridad Minera contempla el marco regulatorio al que deben someterse las faenas mineras para proteger la vida e integridad física de las personas que trabajan en dicha industria, así como las instalaciones e infraestructura que hacen posible sus operaciones. 

En su artículo 590, dispone que las empresas que incurran en contravenciones a dicho reglamento podrán ser sancionadas con multas de veinte (20) a cincuenta (50) UTM por cada infracción encontrada. Al respecto, hay que tener presente que las categorías de contravenciones de seguridad laboral e instalaciones, así como las multas para cada caso, se hallan reseñadas en la Resolución Exenta 3019 de 2013 de Sernageomin. 

Condiciones adecuadas de higiene y seguridad 

El artículo 184 del Código del Trabajo, obliga a los empleadores a mantener las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas de trabajo, así como los implementos necesarios para prevenir enfermedades y accidentes profesionales. Todo con el fin de proteger la vida y salud de los trabajadores. 

Muy importante a considerar es lo que dice también el Decreto 594 del Ministerio de Salud, que además de establecer condicionas básicas de orden sanitario y ambiental, establece los límites permisibles a agentes químicos y agentes físicos, límites de tolerancia biológica para los trabajadores.

Mínimo de extintores 

Un ejemplo que todo programa de seguridad y salud debe contemplar un mínimo de extintores en las áreas de trabajo. Al respecto, el artículo 46 del Decreto Supremo N° 594, de 2000, del Ministerio de Salud, establece que dicha cantidad debe determinarse “dividiendo la superficie a proteger por la superficie de cubrimiento máxima de cada extintor“, según la siguiente tabla:

 

Superficie cubrimiento máxima por extintor (m2) Potencial de extinción mínimo Distancia máxima de traslado del extintor (m)
150 9
225 6A 11
375 10A 13
420 20A 15

 

Es indispensable contar en toda faena minera con un sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional que identifique, prevenga y mitigue cualquier situación de riesgo a las personas, garantizando un compromiso por hacer sustentable el negocio.


Con un software HSEQ es muy sencillo hacerlo. Se encuentra diseñado para ello y se configura en base a las leyes específicas de cada país. 

 

 

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